ABOGADOS MADRID ESPECIALISTAS EN RECLAMACIONES A SEGUROS

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ARE2 Abogados es un bufete de abogados situado en Madrid especializado en varios tipos de servicios como son: derecho civil, derecho de familia, derecho penal monetario, derecho administrativo, derecho mercantil y derecho laboral y seguridad social.

Dentro del derecho civil, nuestro despacho en Madrid cuenta con abogados especializados en reclamaciones a seguros.

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Reclamaciones a seguros

Cuando firmamos la póliza de un seguro del hogar, de coche o de viajes, esperamos que ante un siniestro o un incidente, nuestro seguro se haga responsable de los daños y consecuencias que nos haya podido causar. Sin embargo, cuando llega la hora de la verdad, podemos llevarnos alguna desagradable sorpresa al descubrir que nuestro seguro no quiere cubrir lo que pensamos que le corresponde cubrir.

Son esas ocasiones cuando debemos recurrir a un abogado especializado en reclamaciones a seguros, que nos ayude a hacer valer nuestros derechos frente a la compañía aseguradora

En el equipo de profesionales de Are2Abogdos de Madrid encontrarás abogados especializados en reclamar a los seguros,que te acompañarán en todo el proceso que supone enfrentarse a una compañía de seguros.

¿Por qué acudir a un abogado para hacer reclamaciones a seguros?

Sufrir un siniestro o un accidente es una desgracia por la que nadie quiere pasar, sin embargo, en vistas a minimizar los daños y las consecuencias derivadas de los mismos, somos muchos los que contratamos un seguro al que recurrir cuando se produce el aciago momento.

Sufrir un siniestro o un accidente es una desgracia por la que nadie quiere pasar, sin embargo, en vistas a minimizar los daños y las consecuencias derivadas de los mismos, somos muchos los que contratamos un seguro al que recurrir cuando se produce el aciago momento.

Todas las aseguradoras afirman, cuando nos ofrecen sus pólizas, que cumplirán con lo prometido en ellas, que se harán cargo de reparar los daños, de asistirnos en lo que necesitemos o de indemnizar a terceros que hayamos podido perjudicar de manera involuntaria. Sin embargo, cuando llega el momento de la verdad, nuestra aseguradora puede empezar a ponernos trabas y excusas para no cumplir con lo que supuestamente hemos contratado al firmar la póliza del seguro.

Cuando una aseguradora no tiene reparos en dejarnos tirados o nos cita supuestas cláusulas que aluden a excepciones que no conocíamos de nuestra póliza, es el momento de acudir a un abogado especialista en reclamaciones a seguros que nos asesore y luche para que se haga justicia y recibamos aquello que por ley nos corresponde

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El concepto de dolo civil

Hay que tener en cuenta que cuando una aseguradora no cumple con lo que supuestamente debería cubrir de acuerdo a la póliza de seguro que hemos firmado con ella, esta podría estar actuando con dolo civil.

 

El dolo en derecho se refiere a la comisión de un delito sabiendo que es un acto ilícito, es decir, que implica la voluntad de engañar o de incumplir una obligación contraída, como, por ejemplo, mediante un contrato o una póliza de seguros.

 

De manera que un seguro actúa con dolo civil cuando no cumple con las obligaciones contraídas de manera deliberada, causando daños y perjuicios al tomador del seguro o a terceros.

¿Quién puede reclamar a un seguro?

Pueden reclamar el incumplimiento de las condiciones de la póliza contratada con el seguro las siguientes personas:

  • El tomador del seguro
  • El asegurado (que no siempre coincide con el tomador)
  • El beneficiario
  • Un tercero perjudicado

Cada una de estas personas puede, además, contar con la asistencia de un abogado especializado en reclamar a seguros, que les representará durante todo el proceso, se llegue o no ante los tribunales.

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¿Cuál es el procedimiento para hacer una reclamación al seguro?

Como ocurre con las reclamaciones a bancos, cuando tenemos que hacer una reclamación a un seguro, hay una serie de pasos que debemos seguir, si preferimos no acudir a los tribunales desde el principio.

Decidamos lo que decidamos, es fundamental leer la póliza del seguro y las condiciones, para asegurarnos de que nuestra reclamación tiene alguna posibilidad de prosperar.

Dado que el lenguaje legal y jurídico empleado en las pólizas puede resultar complejo para la mayoría de las personas, es recomendable en este punto consultar con un abogado especializado en seguros; este se encargará de leer la póliza y las condiciones y evaluar si podemos seguir adelante con el procedimiento.

Reclamación previa ante el seguro

Si optamos por dejar la opción de los tribunales como última posibilidad, el primer paso que debemos dar para comenzar nuestro proceso de reclamación, es poner dicha reclamación o queja por escrito a la compañía de seguros a través del departamento del defensor del asegurado o defensor del cliente del seguro (figura con la que deben contar o, al menos, con un departamento de atención al cliente que lo supla). La dirección o medio de contacto debe figurar en la propia póliza del seguro.

Lo ideal es que esta reclamación se envíe por burofax o por correo certificado con acuse de recibo, puesto que para el siguiente paso, si lo damos, será necesario acreditar que acudimos al defensor del asegurado de la compañía.

La compañía de seguros tiene 60 días para responder nuestra reclamación. Si pasado ese tiempo no hemos recibido respuesta o la que hemos recibido no es satisfactoria, podremos pasar al siguiente paso.

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

En esta fase, llevaremos nuestra reclamación al servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).

Podremos presentar nuestra reclamación tanto a través de correo certificado como de manera telemática a través de su página web.

Para que nuestra reclamación sea estimada, es fundamental que la acompañemos de la siguiente documentación e información:

  • Datos identificativos del reclamante, nombre y apellidos o denominación social. Domicilio a efectos de notificaciones y DNI o NIF. En caso de contar con representante legal, se acreditará la representación del mismo.
  • Identificación de la compañía aseguradora objeto de la reclamación.
  • Motivo de la reclamación; debe ser exactamente el mismo que presentamos en la reclamación ante el defensor del cliente de la compañía de seguros. Es necesario hacer constar que la reclamación no se encuentra pendiente de resolución o litigio en órganos administrativos, arbitrales o jurisdiccionales.
  • Acreditar que ha transcurrido el plazo de 2 meses desde que presentamos nuestra reclamación antes el defensor del cliente de la compañía de seguros.
  • Lugar, fecha y firma.
  • Toda la documentación pertinente para respaldar nuestra reclamación.

La DGSFP dispone de un plazo de 4 meses para darnos respuesta.

Esta respuesta será una resolución sobre la reclamación que enviará a las dos partes. Ahora, hay que señalar que esta resolución no tiene carácter vinculante, es decir, que incluso si nos da la razón, la compañía de seguros no tiene por qué cumplirla. Lo que nos lleva a la última vía, el arbitraje o la demanda ante los tribunales de justicia.

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La última vía, acude al arbitraje o a los tribunales

Si hemos llegado a este punto, es porque la compañía de seguros sigue sin querer atender nuestra reclamación, pero nosotros queremos que esta cumpla con las condiciones de la póliza. Este es el momento, además, en que si no contábamos ya con él, de contratar a un abogado especializado en reclamaciones a seguros, porque vamos a necesitar su asistencia tanto si recurrimos al arbitraje como si recurrimos a los tribunales.

La vía arbitral

 

El arbitraje es una fórmula extrajudicial para llegar a un acuerdo entre el asegurado y la compañía de seguros que satisfaga a ambas partes.

Para poder acudir a ella, deberemos solicitarlo por escrito a una de las siguientes entidades:

  • Oficina de Atención al Consumidor
  • Asociaciones de Consumidores adheridas al sistema arbitral
  • Junta Arbitral Regional de Consumo

Hay que señalar que la compañía de seguros puede no someterse al arbitraje, pero de hacerlo, estamos ante una vía más rápida y que nos ahorrará los costes de ir a juicio.

La conclusión de este proceso tomará la forma de laudo arbitral, que equivale a todos los efectos a una sentencia firme, con carácter vinculante para ambas partes, es decir, que la compañía de seguros deberá cumplir con lo acordado en el proceso de arbitraje.

La vía judicial

 

Pero si la compañía de seguros no se somete al arbitraje o nosotros decidimos no acudir a esa vía, no nos quedará más que recurrir a la vía judicial y comenzar un procedimiento ordinario, presentando una demanda en el juzgado.

En este punto, nuestro abogado especializado en reclamaciones a seguros se ocupará de llevar nuestro caso, siguiendo todos los pasos para este procedimiento en los tribunales.

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Las reclamaciones a seguros pueden ser un proceso largo y complejo, en el que la compañía de seguros se resistirá todo lo posible para evitar tener que cumplir con las obligaciones que dice no tener que cumplir.

Pero si está seguro de que su aseguradora está incumpliendo con las condiciones de su póliza (y por la que paga sus cuotas periódicas todos los años), no lo dude, póngase en contacto con un abogado especializado en reclamaciones a seguros en Madrid para comenzar el proceso cuanto antes y evitar los plazos de prescripción.

En el despacho de Madrid de ARE2 Abogados podrá contactar con abogados especializados en reclamaciones a seguros que analizarán su caso, evaluarán si es viable presentar una reclamación y decidirán cuál es la vía más adecuada para obtener los resultados que busca.

Asimismo, le garantizamos un presupuesto cerrado y facilidades de pago con la posibilidad de financiar los procedimientos si fuera necesario.

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