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ARE2 Abogados es un bufete de abogados situado en Madrid especializado en varios tipos de servicios como son: derecho civil, derecho de familia, derecho penal monetario, derecho administrativo, derecho mercantil y derecho laboral y seguridad social.
Dentro del derecho civil, nuestro despacho en Madrid cuenta con abogados especializados en reclamaciones a seguros.
Cuando firmamos la póliza de un seguro del hogar, de coche o de viajes, esperamos que ante un siniestro o un incidente, nuestro seguro se haga responsable de los daños y consecuencias que nos haya podido causar. Sin embargo, cuando llega la hora de la verdad, podemos llevarnos alguna desagradable sorpresa al descubrir que nuestro seguro no quiere cubrir lo que pensamos que le corresponde cubrir.
Sufrir un accidente que nos deje en una situación de incapacidad laboral parcial o permanente es una experiencia por la que nadie quiere pasar. Sin embargo, si llega ese fatídico momento y la incapacidad sufrida nos impide el poder desempeñar nuestro trabajo o vivir sin ayuda, estamos en nuestro derecho de solicitar una prestación por incapacidad laboral.
El procedimiento para reclamar la prestación por incapacidad laboral puede resultar sumamente complejo, por eso es recomendable contar asistencia o asesoramiento legal, incluso desde los primeros pasos, puesto que la ayuda de un abogado especializado en el procedimiento de incapacidad puede suponer la diferencia entre conseguir el reconocimiento de la incapacidad y la prestación o no.
La incapacidad laboral es aquella situación en la que una persona no puede seguir desarrollando la actividad o funciones habituales de su puesto de trabajo. Puede ser resultado de un accidente laboral, la secuela de una enfermedad o cualquier otro tipo de accidente.
Es decir, la posibilidad o no de recibir una prestación por incapacidad laboral está más relacionada con el hecho de que la persona pueda o no seguir trabajando, que con la gravedad de la dolencia o enfermedad.
No poder trabajar de ninguna manera o no poder trabajar en las mismas condiciones en que podíamos hacerlo antes de sufrir el accidente o enfermedad que ha provocado nuestra incapacidad, es lo que va a determinar nuestro derecho a reclamar una prestación por incapacidad.
La ley reconoce dos tipos de incapacidad laboral en función de su grado y alcance: la incapacidad temporal (IT) y la incapacidad permanente (IP).
La incapacidad temporal, que comúnmente conocemos como baja médica, puede deberse a una enfermedad común o a un accidente laboral o no laboral e impide a la persona trabajar durante un período de tiempo puntual, tiempo durante el cual, el contrato de trabajo queda suspendido.
Durante el tiempo que se esté de baja por incapacidad temporal, el trabajador tiene derecho a asistencia sanitaria y a una prestación que puede alcanzar el 60% o 75% de la base reguladora para contingencias profesionales.
La duración máxima de la IT es de 12 meses, que se pueden prorrogar por otros seis meses más. Consumida esa prórroga, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) debe valorar la posibilidad de convertir la IT en una incapacidad permanente o presumir el alta médica.
La incapacidad permanente es aquella situación en la que una persona, tras haber pasado por el tratamiento médico correspondiente, sigue presentado reducciones fisiológicas o funcionales que le impiden desarrollar su capacidad laboral de forma completa.
De acuerdo al INSS, la prestación por incapacidad permanente tiene como finalidad cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona afectada por las consecuencias derivadas de una enfermedad o accidente y que le impiden trabajar de forma «presumiblemente definitiva».
La incapacidad permanente tiene diferentes grados de acuerdo a la reducción de las capacidades de la persona para trabajar. Además, estos grados son reversibles y pueden cambiarse tras pasar por procesos de valoración.
Estos son los grados de incapacidad permanente que se pueden conceder:
Por lo tanto, si usted no puede desarrollar de manera normal su actividad profesional, ya sea como consecuencia de una enfermedad o por un accidente, lo primero que debe hacer es contactar con un abogado experto en el procedimiento por incapacidad, para que le asesore en sus posibilidades de solicitar una incapacidad y qué tipo de incapacidad se ajusta más sus circunstancias y necesidades.
La solicitud de incapacidad permanente se inicia a través de un procedimiento administrativo, para lo que el interesado debe cumplimentar el modelo de solicitud de incapacidad permanente, adjuntado toda aquella documentación especificada en dicho modelo. Esta solicitud se debe presentar en los centros de atención e información del INSS o en las direcciones provinciales o locales del Instituto Social de la Marina (ISM).
La solicitud y la documentación aportada serán revisadas por el equipo de valoración de incapacidades (EVI), que formulará una propuesta. Esta propuesta se revisará por los directores provinciales del INSS o el ISM, quienes, en su caso, dictarán resolución expresa declarando el grado de incapacidad, la cuantía de la prestación y el plazo a partir del cual se puede instar la revisión de la incapacidad por agravación o mejoría.
Si la respuesta del INSS o ISM no resulta favorable, es decir, no se concede la incapacidad permanente, podrá iniciar la siguiente fase del procedimiento: la reclamación previa y la demanda ante los tribunales de justicia.
nes contraídas de manera deliberada, causando daños y perjuicios al tomador del seguro o a terceros.
Llegados a este punto, puede que se esté preguntando cuándo necesita de la asistencia de un abogado para solicitar la incapacidad permanente y nuestra respuesta es: desde el primer momento en que se plantea solicitarla.
Es cierto que la solicitud administrativa por incapacidad permanente puede hacerla el interesado sin asistencia de abogado, pero no lo recomendamos, porque llevar adelante este tipo de procedimientos es complejo y hacerlo bien desde el principio supone una mayor garantía para conseguir finalmente el reconocimiento de la incapacidad permanente y la percepción de la prestación correspondiente.
Un abogado especialista en incapacidad laboral no solo le ayudará a cumplimentar el modelo de solicitud, sino que se asegurará de que adjunte la documentación e información adecuada que debe presentar, así como el grado de incapacidad que debe reclamar.
Tenga en cuenta que la preparación previa de la documentación que acompañará a su solicitud es fundamental, en concreto los informes médicos. Los abogados especialistas en incapacidades laborales saben qué informes son los más importantes de cara a conseguir el reconocimiento de la incapacidad permanente.
Como decíamos, ante una respuesta negativa por parte del INSS o el ISM o el silencio administrativo, pasaremos a la siguiente fase del proceso, la reclamación previa.
Este paso también puede realizarlo por su cuenta, pero nuevamente es altamente recomendable contar con la asistencia y asesoramiento de un abogado especialista en el procedimiento de incapacidad.
Tenga en cuenta que lo que no conste en la reclamación previa, no podrá pedirse o usarse en el juicio. Por ello, ponerse en manos de un abogado, si no lo ha hecho ya, es de vital importancia para tener las mayores garantías de ganar el proceso.
Si la reclamación previa es desestimada, solo quedará acudir a los tribunales y comenzar el procedimiento por la vía judicial, donde la asistencia de un abogado es fundamental para defender sus derechos ante el juez.
Solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente al INSS es un proceso que no solo se puede alargar en el tiempo, sino que también puede resultar complicado, especialmente a la hora de recopilar la documentación necesaria para acompañar dicha solicitud y decidir qué grado de incapacidad solicitar.
Hablamos de informes médicos, de lenguaje jurídico y unos requisitos que pueden resultar difíciles de entender.
Ponerse en manos de un abogado especialista y con experiencia en el procedimiento por incapacidad permanente es de vital importancia si se quiere, por un lado, saber qué posibilidades reales hay de conseguir que se conceda el grado de incapacidad solicitado, y por otro, de conseguir con éxito que el tribunal reconozca la incapacidad y obligue al INSS a concederla junto con la correspondiente prestación.
También debe considerar la asistencia de un abogado especializado en derecho laboral y de seguridad social si le retiran la prestación, pero usted no puede volver a trabajar, le cambian el grado de incapacidad y no está de acuerdo o quiere solicitar usted un cambio de grado.
Si necesita asesoramiento o desea iniciar un procedimiento de incapacidad, nuestro equipo de abogados especializados en incapacidad permanente en Madrid se pone a su disposición para llevar a buen término y con garantía su reclamación de incapacidad permanente.
En ARE2 Abogados estudiaremos su caso y le recomendaremos cuál es la vía más adecuada a seguir en función de su situación. La primera consulta es gratuita.
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