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En ARE2 Abogados llevamos años trabajando al servicio de nuestros clientes. Para ofrecer un servicio completo y personalizado contamos con un grupo de profesionales especializados en derecho civil, derecho de familia, derecho laboral y seguridad social, derecho penal monetario, derecho administrativo y derecho mercantil.
Según la definición, el Condominio es la propiedad o posesión de un bien de dos o más personas a la vez, comúnmente el bien forma parte de lo que en fiscalía se identifica con el inmovilizado, como por ejemplo una finca o una propiedad que dos o varias personas adquieren o que reciben a consecuencia de una herencia.
La extinción de condominio es entonces el proceso por el que se divide y se reparte ese bien, donde dicho proceso viene regulado en los códigos 400 y 406 del Código Civil y que se convierte en una forma práctica de realizar el reparto del bien o bienes del que forma objeto este proceso.
Este procedimiento es el que normalmente se elige cuando, por ejemplo, un matrimonio se disuelve, una pareja se separa o se reparte una herencia entre varios herederos y una o ninguna de las partes desea mantener la propiedad conjunta por diferentes motivos, ya sea discrepancias familiares, desacuerdos o la adquisición o compra del bien o bienes resultan ser procedentes de estas relaciones familiares previas.
Desde la Comunidad de Madrid le ofrecemos todos los detalles sobre la extinción de condominio, ya sea si el proceso viene motivado por el reparto de una herencia, el reparto de bienes de una relación marital o la liquidación del régimen de bienes gananciales.
Tenemos a su disposición abogados especializados en materia de derecho civil a los que puede acceder en cualquier momento, garantizando no sólo un presupuesto cerrado, sino también facilidades de pago, incluso si necesita financiación.
El procedimiento que se suele seguir u optar en esta ocasión es el siguiente: una de las partes cede su parte del bien a repartir a la otra, pudiendo ofrecer esta parte aunque esta posea cargas, como por ejemplo una hipoteca. Este proceso de negociación será llevada por las partes implicadas.
Una vez concluidas estas negociaciones alcanzando un acuerdo para la extinción de esta propiedad conjunta o copropiedad, se tendrá que realizar la respectiva escritura en los servicios notariales.
Lo mismo ocurriría en otros casos donde se puede realizar este fin de copropiedad cuando existan convenios reguladores que lo indican así, pudiendo realizar esta extinción por voluntad mutua o mutuo acuerdo.
Cuando se realiza una extinción o disolución de condominio, por norma general esta suele producir una contraprestación a favor del titular que cede su parte a la otra persona o personas propietarias del bien, algo que de forma común se entendería como una compraventa, pero sólo posee algunas similitudes con esta, y por lo tanto una de las mayores diferencias con esta es una de las más importantes, este procedimiento está sujeto a un gravamen inferior de impuestos.
Aunque hay ocasiones en las que esta cesión algunas partes se hacen sin recibir una contraprestación, los organismos recaudadores lo interpretan como una donación, y estaría sujeta a diferente tributación.
Es decir, si por ejemplo el bien posee cargas como una hipoteca, si una parte decide asumir la parte de hipoteca de la otra esta se entendería como un pago en metálico y por lo tanto una contraprestación, quedando la persona que cede su parte liberada del pago, y formaría parte de la contraprestación a recibir.
Un ejemplo práctico sería el siguiente: Supongamos que adquiere un inmueble a partes iguales por 100.000 euros en total cuando se realiza la compra, y cuando se realiza la venta del mismo a causa de la disolución este se vende por 140.000 euros. Al recibir 70.000 euros en lugar de los 50.000 que invirtió, la ganancia que ha obtenido con la venta, es decir 20.000 euros, es la cantidad que estaría sujeta a tributación.
Nuestro objetivo es defender sus derechos proporcionándole un servicio especializado y personal. Debido a ello, a continuación le vamos a mostrar algunos ejemplos con supuestos concretos y abordaremos sobre cómo podría desarrollarse este procedimiento.
Dos personas reciben una vivienda como herencia y, ya sea por discrepancias o mala relación entre los herederos, una o ambas partes deciden no tener ningún nexo de relación debido a estas. El inmueble está cerrado, no se usa ni se alquila.
En este caso habría dos soluciones posibles, la primera sería el procedimiento judicial que sería la disolución del condominio, y otra extrajudicial que sería vender su parte del inmueble.
Si se opta por la opción judicial, la extinción o disolución del condominio, se interpone una demanda en el que se solicita al juez en primer lugar que se disuelva el condominio, en segundo lugar se solicita que usted, como una de las partes, le compre a la otra su porción de la propiedad o que la otra parte le compre a usted parte del inmueble. En tercer lugar se solicita que en el caso que ninguno quiera vender su parte de la propiedad al otro, se venda a un tercero. Y por última instancia, que esta sea vendida en una subasta pública, pensando así si esta se hace sin o con admisión de licitadores extraños, es decir que lo adquiera otra persona que no tenga nada que ver con las partes, o que lo compre o bien usted o la otra persona que posee la parte.
Si se opta por la opción extrajudicial, la acción sería que se venda el proindiviso a través de empresas que realizan este tipo de actividades y que sería una opción que no se dilatará demasiado en el tiempo, teniendo en cuenta que la parte que vas a recibir va a ser muy inferior a la que recibirías si optas por la otra vía de la extinción del condominio.
Aunque muchos son los casos que se dan cuando ocurre un divorcio, una separación o una ruptura de pareja, queremos compartir con usted un caso práctico con el siguiente supuesto.
Anteriormente convive con su cónyuge/pareja y tiene un hijo que es menor de edad. Decide terminar la relación y tras el juicio se le da la custodia del hijo a su pareja junto con el uso de la vivienda, la cual está gravada con una hipoteca y continúa realizando el pago de la misma aunque no vive en ella.
Pasado el tiempo la persona que tiene el uso de la vivienda, para continuar creando un daño mayor a la otra parte, quiere vender la casa que pertenece a los dos, interponiendo esta persona una demanda para hacer efectiva la venta de la propiedad cuanto antes.
Al producirse una demanda por disolución de condominio, lo más sencillo es allanarse a la disolución de condominio. Después tendrá que oponerse a esta porque la vivienda será puesta a subasta pública, lo que conlleva que el dinero a percibir sea menor del esperado.
Y por último tendría que oponerse a la cantidad que la otra persona esté solicitando puesto que está reclamando una cantidad de dinero que la otra persona afirma que no está realizando el pago de la hipoteca, aunque lo haya pagado.
En este caso, se solicitaría que la vivienda sea comprada por una de las dos partes, adquiriendo uno la parte del otro. Si no es así porque no pueda ser comprada por ninguno o porque no quiera venderse a un tercero, tendría que oponerse a una venta en subasta pública porque sería un sinsentido hacer una venta de este tipo, primero porque la otra persona está viviendo en la casa junto con el hijo menor, y la venta que se produciría no daría para poder adquirir nada para ninguna de las dos partes.
Nuestro cliente tiene una casa que le dejaron de herencia con su cuñada pero la relación no es buena.
¿Cómo podemos conseguir que esta casa se venda y obtener nuestra parte
Tras el estudio de este caso el despacho de abogados Are2abogados ha actuado solicitando la disolución de condominio. Si tienes alguna consulta mas no dudes en ponerte en contacto con Are2abogados, tu despacho de abogados de confianza!
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