1ª visita con abogados espacialistas en derecho penal económico en Madrid GRATIS.
El despacho de abogados de Madrid ARE2 Abogados le ofrece múltiples servicios. Somos un bufete especializado en casos de derecho penal, derecho civil, derecho de familia, derecho administrativo, derecho laboral y seguridad social y derecho mercantil.
En materia de derecho penal contamos con abogados expertos en casos de derecho penal económico.
Dentro del derecho penal, los delitos económicos cuentan con su propia especialización, para poder ser perseguidos y penados más allá de las sanciones administrativas. La complejidad de estos casos hace necesario contar con la asistencia y asesoramiento de un abogado especializado en derecho penal económico, tanto si se ha sido víctima de uno de estos delitos como si se ha sido acusado de ellos.
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El derecho penal económico es una rama del derecho penal que se encarga de aquellos delitos que atentan contra el orden económico del Estado y las relaciones económicas que se derivan de los sistemas de producción, distribución y acceso de los consumidores a los bienes y servicios.
Es decir, el derecho penal económico comprende todos aquellos delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico. Estos denominados delitos económicos son aquellos que, principalmente, cometen las empresas u organizaciones empresariales, pero no solo ellas, puesto que cualquier organización, privada o pública, o cualquier ciudadano puede cometer este tipo de delitos.
Los delitos económicos, denominados en sus orígenes como «delitos de cuello blanco», tienen en común las siguientes características:
La regulación penal de estos delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico tiene como finalidad castigar con penas de privación de libertad (para las personas físicas) y multas o inhabilitaciones (personas jurídicas) los delitos económicos, que en muchas ocasiones pueden causar graves perjuicios a sus víctimas.
Los delitos económicos están tipificados en el Título XIII del Código Penal, cuyo epígrafe, precisamente, se denomina «Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico» y comprende un total de 70 artículos, en los que se definen cada uno de los delitos económicos, sus características, agravantes y las penas que llevan asociadas.
Podemos dividir los delitos económicos en tres categorías, en función de contra quién se cometen, el objeto del delito o quién los comete.
Son delitos contra Hacienda y la Seguridad Social los delitos de:
Es habitual que quien comete este tipo de delitos sean organizaciones (privadas o públicas), así como trabajadores autónomos. En función de la gravedad y el beneficio obtenido, las penas pueden ser de prisión o multa.
Son delitos societarios aquellos que cometen las empresas (sociedades anónimas, sociedades limitadas, cooperativas, etc.) o sus miembros y comprenden:
Los delitos socioeconómicos son aquellos relacionados con la protección del mercado y los consumidores, cometidos tanto por empresas como por otro tipo de organizaciones (públicas o privadas), así como por ciudadanos particulares.
Son delitos socioeconómicos:
Dentro de los delitos económicos que hemos citado en los puntos anteriores existen diferentes acciones que pueden ser constitutivas de delito. Vemos algunos ejemplos:
Para poder denunciar un delito económico o defenderse de la acusación de uno, usted va a necesitar de la asistencia de un abogado especializado en derecho penal económico, puesto que si el procedimiento judicial avanza, es necesario contar con asistencia letrada y procurador.
Un abogado experto en derecho penal económico, como los que puede encontrar en ARE2 Abogados, conoce a la perfección esta rama propia del derecho penal y puede marcar la diferencia entre una victoria o una derrota en los tribunales. Y en casos más graves, entre una condena a prisión, una multa o la disolución de la empresa.
Ya hemos mencionado en los puntos anteriores que en muchas ocasiones, detrás de los delitos económicos se encuentran las empresas, cuando estos los comete alguno de sus miembros, sean sus administradores, sus representantes, sus directivos o sus empleados.
En ese sentido y desde la reforma del Código Penal en el año 2010, las personas jurídicas (es decir, las empresas u otro tipo de entidades privadas o públicas) tienen responsabilidad penal. Es decir, se puede atribuir la comisión de un delito a una persona jurídica y ser penada por ello.
De manera que existen dos supuestos de responsabilidad penal para las personas jurídicas (téngalos en cuenta si es usted el dueño de una empresa):
Para considerar que la empresa tiene responsabilidad penal en estas situaciones, primero, debe haber obtenido un beneficio, económico o de cualquier otra índole, y segundo, no haber ejercido los medios de control necesarios para evitar la comisión del delito.
Es decir, aunque el delito económico lo haya cometido una persona física, siempre que este delito haya beneficiado a la empresa y se haya cometido en representación de la misma o en el desempeño de las actividades sociales, y la empresa no haya ejercido el debido control para evitarlo, puede ser acusada también.
La lista de delitos económicos de los que una empresa u otro tipo de organización puede ser responsable penalmente la forman las siguientes acciones ilícitas:
Evidentemente, una persona jurídica no puede ser castigada con penas de prisión, pero sí que tendrá que enfrentar penas que podrían acabar con la empresa, tal y como puede verse a continuación:
Como ha podido ver, la casuística de los delitos económicos es muy peculiar, por lo que es necesario realizar un estudio detallado y en profundidad de toda la documentación aportada por el cliente.
Por ello, tanto si ha sido víctima de uno de estos delitos como si ha sido acusado por ellos, póngase en contacto con ARE2 Abogados y pondremos a su disposición un abogado experto en derecho penal económico para que estudie y se haga cargo de su caso.
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