
27 May
Delito de desobediencia y denegación de auxilio
¿Qué es el Delito de desobediencia y denegación de auxilio?
Delitos de desobediencia
La Ley sobre desobediencia a la autoridad en su artículo 4.11 del Código Civil dice que “Serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año de multa o multa de seis a dieciocho meses los que, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad”.
La desobediencia se considera como delito cuando las autoridades o funcionarios se nieguen abiertamente a cumplir las resoluciones judiciales, decisiones u órdenes que se dicten por la autoridad superior.
Se castiga a los responsables con una pena de multa de 3 a 12 meses e inhabilitación especial del empleo o cargo público de 6 meses a 2 años.
La consideración de delito de desobediencia grave consiste en repetir la no realización de un mandato, resolución u orden de la autoridad superior, después de que estos hubieran desaprobado la no realización del mandato.
Este delito conlleva una pena de multa más grave, de 12 a 24 meses y la inhabilitación especial para ejercer empleo o cargo público de 1 a 3 años.
Delito de denegación de auxilio
La Ley sobre denegación de auxilio dice que “ El que no socorriese a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses”
“En las mismas penas incurrirá el que, impedido de prestar socorro, no demande con urgencia auxilio ajeno.”
“ Si la víctima lo fuere por accidente ocasionado fortuitamente por el que omitió el auxilio, la pena será de prisión de seis meses a 18 meses, y si el accidente se debiere a imprudencia, la de prisión de seis meses a cuatro años.”
Por lo que, a omisión del deber de socorro se produce cuando alguien observa que otra persona está ante una situación de peligro y no la auxilia, o no solicita ayuda.
Tipos de delitos de denegación de auxilio
Dentro del delito de denegación de auxilio existen varios apartados, dependiendo de los responsables y de quien venga el requerimiento.
Negativa al requerimiento de una autoridad competente
Consiste en no prestar el auxilio debido para la Administración de Justicia u otro servicio público, por parte de un funcionario público requerido a tal efecto por la autoridad competente.
Existen casos donde es la autoridad competente quien requiera ayuda:
Denegación de auxilio por un funcionario público
El delito de denegación de auxilio básico, ocurre cuando un funcionario público fuera requerido por una autoridad competente, no preste el auxilio que se le requiera para asuntos de la Administración de Justicia u otro servicio público.
Se castiga con una multa de 3 a 12 meses y suspensión de empleo o cargo público de 6 meses a 2 años.
Denegación de auxilio por agente de la autoridad
Hace referencia a todos aquellos requeridos que sean autoridades, jefes o responsables de una fuerza pública o agente de la autoridad.
Cuando sea alguno de estos responsables los que negaren el auxilio a la Administración de justicia o servicio público se castigará con pena de multa de 12 a 18 meses y suspensión de empleo o cargo público de 2 a 3 años.
Negativa al requerimiento de un particular
Sucede cuando se le niega la ayuda a cualquier particular en caso de necesitarla. Este delito se divide en:
Denegación de auxilio de un delito contra la vida
El delito de denegación de auxilio a un particular, se cumplirá cuando el requerimiento sea por un particular para prestar algún auxilio, y la autoridad que venga obligado a realizar por razón de su cargo se abstuviera de prestar el auxilio, sin evitar un delito contra la vida de las personas.
Se castiga con una pena de multa de 18 a 24 meses y la inhabilitación especial para empleo o cargo público de 3 a 6 años.

Delito de desobediencia y denegación de auxilio
Denegación de auxilio de cualquier otro delito
Cuando la se niegue el auxilio para evitar cualquier otro delito se castigará con una pena aún más atenuada. Pena de multa de 3 a 12 meses y suspensión del empleo o cargo público de 6 meses a 2 años.
Denegación de auxilio de un delito contra la libertad, la libertad sexual o salud.
En el caso de que la denegación de auxilio a un particular se hiciera para no evitar un delito contra la integridad, indemnidad sexual, libertad sexual o la salud y libertad de las personas, se castigará con una pena más atenuada que la anterior, con pena de multa de 12 a 18 meses y la suspensión de empleo o cargo público de 1 a 3 años.
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