Nuda propiedad

Nuda propiedad

¿Qué es la Nuda propiedad?

El artículo 471 sobre Derechos del Usufructuario dice que” El usufructuario tendrá derecho a percibir todos los frutos naturales, industriales y civiles de los bienes usufructuados. Respecto de los tesoros que se hallaren en la finca será considerado como extraño».

Muchos son los que deciden comprar una casa como inversión porque saben que en un futuro será una adquisición acertada.

Y es que es posible convertir este activo líquido en líquido, y además, seguir viviendo en el inmueble, y esto es posible a través de la nula propiedad.

Cuando compramos una propiedad, adquirimos su pleno dominio. Se compone de la nuda propiedad y el usufructo vitalicio. Por lo que será posible adquirir cualquiera de las dos partes por separado, o bien la nuda propiedad o únicamente el derecho sobre la vivienda pero sin tener la posesión.

Por un lado, en la nuda propiedad está el usufructuario o vendedor. Este ultimo tiene derecho a permanecer en la casa o incluso alquilarla.

El vendedor también podría el usufructo a otra persona para aumentar sus ingresos.

El comprador o nudo propietario podrá disfrutar del pleno dominio de la casa solo cuando termine el usufructo. Este se producirá con la muerte del usufructuario si el usufructo es vitalicio.

Usufructo vitalicio de una propiedad

El art. 467 del Código Civil dice que «El usufructo da derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa».

Se pueden diferenciar dos clases de usufructos según su duración: usufructo vitalicio y usufructo temporal.

En el usufructo vitalicio se traspasa el derecho al usufructuario durante toda la vida y sólo se extingue el mismo cuando aquel fallece.

En el usufructo temporal el usufructuario únicamente podrá disfrutar de algo durante un periodo determinado.

Ventajas e inconvenientes de la Nuda propiedad

A continuación detallaremos las ventajas e inconvenientes de la Nuda propiedad desde el punto de vista del comprador y del vendedor.

Ventajas e inconvenientes del comprador

Inversión a medio-largo plazo

Por parte del comprador se trata de una inversión a medio-largo plazo. El comprador no podrá tener pleno derecho sobre la vivienda adquirida hasta la defunción del antiguo propietario (el vendedor, convertido en usufructuario una vez vendida la vivienda).

Costes de la operación

Al realizar la venta en nuda propiedad, los gastos los asume el comprador. Gastos de notario, registro e impuestos los asume el comprador…

En el momento en el que se termine el usufructo, el propietario tendrá que hacer frente de nuevo a los gastos de registro e impuestos derivados de la finalización del usufructo y la adquisición del pleno dominio de la propiedad.

Costes de mantenimiento de la vivienda

El comprador correrá con los gastos, ya que este poseerá una propiedad por la que pagará los impuestos correspondientes (IBI), gastos de comunidad…

Sin embargo, no disfrutará de ella ni percibirá ningún ingreso mensual por parte del usufructuario.

Nuda propiedad

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Ventajas e inconvenientes vendedor

Pérdida de la vivienda familiar

El vendedor perderá la vivienda familiar y recibirá una cantidad de dinero en función de su edad y expectativa de vida.

Plusvalía municipal

El vendedor deberá liquidar la plusvalía municipal por el incremento teórico de valor desde el momento de la adquisición inicial. Ya no será posible dejarla en herencia a sus familiares.

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Maria Jesus Barreñada Abogada
María Jesús Barreñada
abogados@are2abogados.com

El letrado director y fundadora del despacho es María Jesús Barreñada Muñoz, letrado en ejercicio desde 1993 en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. ARE-2 Consulting Jurídico Empresarial, es un despacho de abogados fundado en el año 2002, especializado en derecho civil, derecho de familia, derecho laboral y seguridad social, derecho administrativo, derecho mercantil y derecho penal monetario.