23 Sep
Piso en propiedad
Piso en propiedad dentro de una finca
Al tener un piso en propiedad dentro de una finca los problemas que se pueden tener con los demás vecinos son de diversa índole que generalmente afectan a la convivencia, tales como los clásicos ruidos, obras o costumbres molestas, derivadas muchas veces de diferencias culturales existentes, sobre todo en este mundo globalizado donde es cada vez más común tener vecinos de diferentes partes del mundo.
Todos estos problemas se suelen arreglar de forma pacífica en una reunión de vecinos, siempre que exista voluntad de solucionar los problemas.
Pero existe un problema, sobre todos, que es el más incómodo y más complicado de solucionar, y no es otro que el impago de las cuotas de vecindad por parte de algún vecino en concreto.
Problemas de convivencia
Cuando un vecino decide unilateralmente dejar de pagar los recibos de la comunidad, ya sea por decisión propia o bien por necesidad, el problema se traslada a todo el resto de la comunidad, ya que dicho comportamiento puede poner en jaque la economía de toda la comunidad, y puede, además, crear múltiples problemas de convivencia, ya que una vez se hace público en junta quienes son los morosos, es fácil que surjan conflictos con los demás vecinos que pueden cruzarse con el moroso en cualquiera de los lugares comunes, como el ascensor. Un descansillo o el mismo garaje.
Una vez llegados a este punto lo mejor es reclamar las cantidades adeudadas al moroso, pero cómo se realiza esa reclamación.
Cómo reclamar deudas a un propietario que no paga la comunidad
Para comenzar hay que resaltar que dentro de nuestro marco jurídico se contemplan dos maneras diferentes de reclamar a un vecino moroso lo adeudado desde la comunidad de propietarios, ambas vienen contempladas tanto en la Ley de propiedad Horizontal como en la Ley de Enjuiciamiento civil.
Procedimiento monitorio
Este es un procedimiento especialmente diseñado para reclamar deudas, siempre que esta sea reconocida por el deudor, con lo que irremediablemente se necesita que exista “buena voluntad” por parte del deudor. La deuda debe de cumplir varios requisitos, como estar vencida, ser líquida y que pueda ser exigible, es decir la deuda es demostrable y se ha producido dentro de un marco legal.
Lo más normal es que la deuda no sea reconocida por el deudor en primera estancia, con lo que debemos pasar a la segunda vía.
Reclamación de la deuda
Si queremos tomar la vía de la reclamación de la deuda, debemos dar los siguientes pasos de una forma muy precisa y teniendo en cuenta que cualquier paso en falso puede dar al traste con nuestra reclamación. Ni que decir tiene que todo el proceso se debe acordar en una, o varias, juntas, perfectamente convocadas dentro de los marcos que exige la Ley, ya que sino el proceso se podría dilatar de forma considerable.
Pasos en el proceso de reclamación
En dichas juntas se debe autorizar tanto al presidente y/o al administrador de la finca a que reclamen por vía judicial los impagos.
En el segundo paso, debemos ser igual de meticulosos con las formas, al vecino deudor se le debe comunicar por escrito la liquidación de la deuda.
Esta notificación se le debe hacer en el domicilio que tenga asignado para recibir las notificaciones referentes a la comunidad, y si no fuera posible en el local o piso que posea en la comunidad.
Si no se pudiera de ninguna de las dos maneras se podrá hacer pública en el tablón que tenga la comunidad designada para las comunicaciones internas, en un lugar lo suficientemente visible, y con la razón de su publicación en el tablón, la fecha y el consentimiento firmado tanto del presidente de la comunidad como del secretario.
Una vez realizado estos avisos el deudor tendrá un plazo de tiempo para poder liquidarla, de lo contrario el secretario, con el visto bueno del presidente de la comunidad, emitirá un certificado del acuerdo y el impago de la deuda, y la comunidad podrá demandar en el Juzgado de primera instancia la situación de impago., iniciando así un proceso judicial con el objetivo de recuperar la deuda.
Desde Are2 Abogados siempre recomendamos la figura de un Abogado de Derecho civil. Contamos con un amplio equipo de profesionales especializado en divorcios, herencias, separaciones, derecho civil. Ofrecemos facilidades de pago y la primera consulta es gratuita. Llámenos y concierte una cita en nuestros Despacho de Madrid 91-5472525, 902-447722, 665508441, o a través del correo are2abogados.com
Recuerda que tu Primera Consulta es totalmente GRATIS