02 Nov
Subasta notarial de inmueble
¿En qué consiste una subasta notarial de inmueble?
Las subastas notariales son aquellas que se realizan ante notario, en cumplimiento de una resolución legal o administrativa.
Cuando el deudor hipotecario, hubiera pactado en su préstamo hipotecario la venta extrajudicial de su vivienda, finca o bien inmueble hipotecado, o por las circunstancias establecidas en la Legislación hipotecaria, puede dicha vivienda, finca o inmueble salir a subasta por vía notarial.
Tipos de subastas de inmuebles
Las subastas de inmuebles pueden ser de dos tipos que a continuación detallaremos:
Subastas judiciales
Este tipo de subastas transforman en dinero los bienes que han sido hipotecados o embargados. Con esto consiguen que el deudor que ha sido demandado pueda realizar el pago de la deuda reclamada.
Puede subastarse todo lo que tenga un valor económico: inmuebles, vehículos, muebles…
Subastas notariales
Es un acto en el cual se realiza una venta pública de bienes, muebles o inmuebles.
Este tipo de subastas Deben incluir información sobre el notario, las condiciones de la misma y el bien que se va a subastar, además de ser publicadas en el BOE.
Y en caso de que el valor del bien subastado no esté fijado, el notario deberá designar a un perito.
La venta extrajudicial inmobiliaria ante Notario
La finca será tasada por un valor y este no podrá ser distinto del que se haya fijado para el procedimiento de ejecución judicial directa. Tampoco podrá ser inferior al 75% del valor ajustado en la tasación.
La venta extrajudicial de la hipoteca deberá constar de las restantes estipulaciones de la escritura.
Será obligatorio señalar el carácter, que pretenda atribuirse a la vivienda que se hipoteque.
La venta extrajudicial, la vivienda, fincas o inmueble serán siempre vivienda habitual si así se hubiera hecho constar en la escritura de constitución.
Se realizará una sola subasta para una única venta, que será de carácter electrónico, y tendrá lugar en el portal de subastas que a tal efecto dispondrá la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Subasta del bien por notario
Cuando se subasta el bien por parte del notario pueden ocurrir dos casos:
Importe deuda
Al inmueble se le adjudicará un importe para que cubra la deuda que la entidad financier reclama.
La cantidad sobrante se reservará por si existen créditos pendientes. En el caso en el que no existan acreedores, el dinero sobrante se entregará al dueño de la finca.
Importe inferior
SI el importe obtenido de la subasta no cubra el total de la deuda, la entidad financiera a través de nuevos procedimientos judiciales podrá reclamar dicho importe.
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