patria potestad

Custodia y patria potestad

Diferencias entre custodia y patria potestad

Al separarse una pareja, o divorciarse, con descendencia, lo habitual es que la custodia quede en manos de uno de los progenitores, queriendo decir esto que el padre al que se le haya atribuido la custodia convivirá con el menor, o menores, tomando la mayor parte de las decisiones cotidianas que se puedan resolver fácilmente y que no comprometan su futuro, ya que este tipo de decisiones ha de ser consensuada por ambos progenitores.

El otro progenitor podrá así visitar s us hijos de manera regular, adquiriendo una serie de deberes y derechos, tales como pasar la pensión alimenticia, entre más gastos, pero pudiendo participar de forma activa de las decisiones que atañen al menor.

Es por eso que la patria potestad siempre suele ser compartida pues es el ejercicio de el principio de autoridad familiar.

Por eso a veces se confunden los términos entre Patria Potestad y Custodia.

Las principales diferencias entre ambos conceptos son

Patria potestad

La patria potestad se refiere a la toma de las grandes decisiones que afectan al menor, tales como su educación, o cualquiera de sus derechos y deberes. Mientras la custodia es un concepto en el que la toma de decisión sobre los derechos y deberes de un menor se toman de manera parcial, en el que el progenitor que adquiera la custodia debe procurar un entorno saludable y cómodo para los hijos.

La gran diferencia entre ambos es que la patria potestad no se discute en un divorcio, mientras que la segunda es más negociable, ya que se decide quién va a vivir con los hijos.

Custodia compartida

La custodia, puede ser compartida o monoparental, pero no deja de ser un derecho más específico y puntual, pese a que exista una convivencia continua con el menor, ya que las grandes decisiones siempre han de estar consensuadas por ambos progenitores.

La patria potestad sólo puede ser suprimida por una sentencia judicial y por motivos muy graves.

 

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Maria Jesus Barreñada Abogada
María Jesús Barreñada
abogados@are2abogados.com

El letrado director y fundadora del despacho es María Jesús Barreñada Muñoz, letrado en ejercicio desde 1993 en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. ARE-2 Consulting Jurídico Empresarial, es un despacho de abogados fundado en el año 2002, especializado en derecho civil, derecho de familia, derecho laboral y seguridad social, derecho administrativo, derecho mercantil y derecho penal monetario.