delitos violencia género y doméstico

Delitos vinculados a la violencia de género y doméstica

¿En qué consiste la Violencia doméstica?

El delito de maltrato en el ámbito familiar previsto el artículo 173.2 del Código Penal dice que “ castiga los actos de violencia física o psíquica perpetrados de forma reiterada sobre el cónyuge o la persona que esté o haya estado ligada a él por análoga relación de afectividad, hasta crear una atmósfera irrespirable para la víctima, regida por el miedo y la dominación”.

La violencia de género se produce entre los miembros de una familia o núcleo familiar. Las víctimas pueden ser tanto hombres como mujeres.

En este tipo de violencia la persona agresora ejerce la violencia sobre los descendientes ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente.

También lo hacen sobre menores o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela u adopción y sobre cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de la convivencia familiar.

 

Tipos de violencia doméstica

Existen diversos tipos de violencia intrafamiliar:

Violencia física intrafamiliar

La violencia física intrafamiliar se ejecuta con el miedo y la agresión, es así como el agresor paraliza a su víctima.

Se causan daños corporales tanto con golpes como con objetos. En ocasiones se hace uso de armas.

Violencia emocional

A través de este tipo de violencia intrafamiliar se hieren las emociones a través de humillaciones, insultos y amenazas.

Violencia sexual como incesto

Ocurre cuando existe contacto sexual entre personas que son parientes cercanos o alguien que se considera como un pariente cercano, incluyendo padrastros, madrastras, o parejas del padre o de la madre que no son casados y viven juntos.

Violencia económica

Se produce con un exceso de dominio económico dentro de la familia y se manifiesta por medio de restricciones financieras y de bienes materiales.

Diferencias entre Violencia doméstica y Violencia de género

El Real Decreto-ley 9/2018 de violencia de género dice que “ la violencia contra las mujeres es la manifestación más cruel de la desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres”.

“Se trata de una violencia de naturaleza estructural que se dirige contra la mujer por el mismo hecho de serlo. Esta violencia menoscaba el disfrute de sus derechos humanos y libertades fundamentales y es un obstáculo para la plena realización de la igualdad entre mujeres y hombres”.

La Violencia de Género es aquella violencia que se ejerce contra la mujer por el hecho de ser mujer, y Violencia Doméstica, es la que se ejerce sobre cualquier miembro del núcleo familiar.

Violencia de género. Violencia doméstica

Violencia de género. Violencia doméstica

Algunas diferencias entre la Violencia doméstica y Violencia de género son las siguientes:

En la Violencia de género es la mujer que la sufre violencia física o psicológica por parte de su cónyuge o excónyuge, mientras que en la violencia doméstica cualquier persona integrante del mismo núcleo familiar que el agresor.

En la violencia de género el agresor siempre tiene que ser un hombre y en la doméstica puede ejercer la violencia cualquier persona integrante del mismo núcleo familiar.

Una sola acción es suficiente, no requiere habitualidad y en la otra requiere habitualidad, varias acciones

La Violencia de género afecta a la vida, integridad física, moral y psicológica de la mujer, la doméstica afecta a la integridad moral de las víctimas y al ambiente familiar normal, pacífico y de convivencia.

 

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Maria Jesus Barreñada Abogada
María Jesús Barreñada
abogados@are2abogados.com

El letrado director y fundadora del despacho es María Jesús Barreñada Muñoz, letrado en ejercicio desde 1993 en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. ARE-2 Consulting Jurídico Empresarial, es un despacho de abogados fundado en el año 2002, especializado en derecho civil, derecho de familia, derecho laboral y seguridad social, derecho administrativo, derecho mercantil y derecho penal monetario.