fecundidad conyugal

La fecundidad conyugal

La fecundidad conyugal. En ocasiones los clientes suelen preguntar nociones en relación a un tema desconocido por la mayoría como es el Derecho Canónico con relación a los procedimientos de nulidad matrimonial, por ello a través de este artículo procedemos a realizar un resumen de tal tema, no obstante si usted tiene alguna duda en relación a ello lo mejor es que contacte con nuestro despacho, y un especialista en la materia le atenderá, la primera consulta es gratuita, y además financiamos los procedimientos, puede contactar con nosotros en los teléfonos 91-5472525, 665508441 o 902-447722, o a través de nuestro correo electrónico abogados@are2abogados.com

La fecundidad conyugal

Soberanía conyugal: la fecundidad constituye una propiedad exclusiva de la conyugalidad.

LA GENEALOGÍA DE LA PERSONA:

  • En el caso de los seres humanos, la generación es la continuación de la creación.
  • En la biología de la generación está inscrita la genealogía de la persona.
  • Dios interviene en toda generación humana, pero cuando ésta es de origen matrimonial, de los que son una sola carne, su presencia es diversa puesto que imprime en el nuevo ser una identidad relacional, la filiación a través del amor de los esposos.

LA FECUNDIDAD PERSONAL:

  • La fecundidad no es equivalente de la fertilidad:

-. La fecundidad se refiere al mundo de las personas.

-. La fertilidad pertenece al ámbito de la materia, de la biología.

  • Hablamos de fecundidad personal: fruto de la comunión con el hijo de Dios, representado por una imagen esponsal.

LA FECUNDIDAD DEL ACTO CONYUGAL:

  • La fecundidad de la que Dios habla está ligada a la pareja conyugal.
  • El acto conyugal es fecundo no porque eventualmente pueda ser un acto sexual fértil, sino porque siempre expresa y significa la relación y la comunión conyugales.

-. Fecundidad relacional.

-. Fecundidad comunional.

LA FECUNDIDAD RELACIONAL:

  • La fecundidad del amor conyugal no procede de la biología sino de la relación con la que los esposos han sido unidos por Dios.
  • El amor familiar exigido en justicia por cada una de las relaciones familiares es un amor fecundo. Une a todos los miembros de la familia, genera comunión familiar.

EL ACTO CONSTITUTIVO DE LA FILIACIÓN CONYUGAL Y LA FECUNDIDAD RELACIONAL

  • La confusión generalizada entre fecundidad y fertilidad influye sobre la filiación humana.
  • Confusión entre concebir una vida y generar la relación familiar:

-. La concepción es un hecho biológico.

-. La generación del hijo es un acto de amor.

  • El concepto de adopción cobra especial importancia:

-. Trasciende la dimensión biológica.

-. Permite la generación de relaciones al margen del acto conyugal.

  • Grandes diferencias entre adopción y el recurso a la fecundación artificial:

-. En la adopción existe un acto procreador.

-. La fecundación artificial es una técnica de reproducción indigna del ser humano.

LA FECUNDIDAD COMUNIONAL

Poder de unir a los miembros que componen una comunidad de personas. No basta con que se creen relaciones familiares, es necesario que los miembros de la familia vivan siempre las exigencias de comunión que dimanan de ellas.

LA PATERNIDAD RESPONSABLE

  • La fecundidad es propiedad exclusiva de la relación conyugal:

-. Si los cónyuges son los únicos capaces de generar las relaciones familiares, sólo ellos poseen el poder de fundar la familia.

  • Paternidad responsable:

-. Derecho que tienen los esposos a decidir el número de hijos que pueden tener y educar, así como espaciar los nacimientos según sus necesidades.

RECAPITULACIÓN

  • Desarrollo de los principales aspectos de la fecundidad conyugal desde una perspectiva natural.
  • La fecundidad conyugal presenta una dimensión sacramental originaria o primordial.
  • La unidad conyugal es el contexto natural de la procreación.
  • En la celebración nupcial se pone de manifiesto la fecundidad, tanto en su dimensión relacional como en la comunional:
    • -. Se celebran las nupcias porque solo es fecunda la unión del hombre y la mujer que se entregan recíprocamente en alianza irrevocable.
  • La fecundidad es un concepto que trasciende el amor de los esposos y la relación conyugal:

-. Porque existe una dimensión de la fecundidad que es estrictamente personal.

-. Porque existe una fecundidad que podríamos llamar difusa porque deriva de las relaciones entre hombres y mujeres, por el hecho de ser sexuados.

-. Tanto la fecundidad personal como la difusa, encuentran su paradigma en la fecundidad conyugal:

– La personal supone la apertura y aceptación de la entrega esponsal del creador.

– La difusa presupone la diferencia sexual del hombre y de la mujer, en cuanto que son el uno para el otro complementarios, y no solo en el terreno de la genitalidad sino antes que nada en su misma dimensión relacional, en cuanto son personas sexuadas.

Artículo de reflexión realizado por María Jesús Barreñada Muñoz, letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, con más de 23 años de experiencia profesional.

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María Jesús Barreñada
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El letrado director y fundadora del despacho es María Jesús Barreñada Muñoz, letrado en ejercicio desde 1993 en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. ARE-2 Consulting Jurídico Empresarial, es un despacho de abogados fundado en el año 2002, especializado en derecho civil, derecho de familia, derecho laboral y seguridad social, derecho administrativo, derecho mercantil y derecho penal monetario.