24 Dic
Pensión de viudedad
¿En qué consiste la Pensión de viudedad?
Una de las dudas más frecuentes tras el fallecimiento de un cónyuge son los requisitos que el otro miembro de la pareja debe reunir para poder tener el derecho a cobrar la pensión de viudedad.
Condiciones para poder cobrar la pensión de viudedad
Por parte del fallecido
Que el fallecido estuviese dado de alta. Si el fallecido estaba trabajando, debería tener cubierto un periodo de cotización a la seguridad social no menor de 500 días dentro de los cinco años previos a la defunción, exceptuando los casos por defunción por accidente o enfermedad profesional.
Que el fallecido estuviera jubilado. En este caso se requiere una cotización mínima de 15 años a la seguridad social.
Por parte de cónyuge que sobrevive
Dando por hecho los requisitos generales de afiliación a la seguridad social y cotización, los beneficiarios deben cumplimentar otros escenarios.
En el caso de que el fallecimiento sea derivado de una enfermedad común anterior al matrimonio, el cónyuge sobreviviente deberá acreditar:
Que exista descendencia directa común
Que el enlace matrimonial se hubiera realizado un año antes del fallecimiento.
Si hubiese habido una sedación judicial o un divorcio, y no hubieran contraído un nuevo matrimonio o pareja de hecho.
También podrán reclamar el derecho a una pensión de viudedad aquellas mujeres que puedan acreditar que han sido víctimas de violencia de género en el momento de la separación o del divorcio mediante sentencia judicial firme.
Si la separación o el divorcio es anterior al 01-01-2008 se podrá reclamar la pensión de viudedad entera siempre que entre el deceso y la separación o divorcio no hayan transcurrido más de 10 años o el periodo matrimonial haya superado los 10 años.
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