
13 Ene
Uso de la vivienda familiar tras un divorcio
¿Conoces el uso de la vivienda familiar tras un divorcio?
Sin que exista una norma escrita al respecto, lo normal es que tras un divorcio el cónyuge que se queda a cargo de los hijos suele ser el que permanece en el domicilio familiar hasta por lo menos la mayoría de edad de los mismos, o hasta que finalicen sus estudios.
Las dudas empiezan cuando entra una tercera persona que comienza a mantener una relación con el cónyuge que quedó a cargo de los hijos y por tanto del derecho de permanencia en el inmueble, ya que se puede entender que se está creando una nueva familia, que ya no es la misma que debe ser la beneficiaria del domicilio.
Vivienda tras divorcio
El derecho de estancia sobre ese inmueble deviene de lo acordado en el proceso de separación, ya que este derecho es familiar, no patrimonial, es decir poseer el derecho de estancia no implica el derecho a la propiedad de la vivienda. Así en caso de separación este derecho debe de estar incluido en el convenio regulador que debe de ser consensuado por las dos partes, dando validez legal su presentación en los juzgados, donde queda reflejado el derecho del cónyuge y las condiciones por las que se queda a vivir dentro de la vivienda familiar tras la separación.
Podemos estar en diferentes casos, como que el derecho patrimonial de la vivienda sea compartido, lo han pagado los dos cónyuges, que la propiedad sea sólo de uno de los cónyuges o bien que sea propiedad de un tercero.
Los menores y la vivienda familiar
Así, la vivienda, tras la separación, tendrá un uso preferente de los menores que serán siempre los mayores beneficiarios de la situación, ejerciendo un principio de protección hacia ellos. En el caso de que existieran dos domicilios y los menores alternaran sus estancias entre los dos progenitores o cónyuges, no existiría el principio de protección al menor pues ya estaría cubierto., Con lo que sólo se aplicaría si existiera una vivienda única. También puede existir el caso en el que los menores son los que se quedan a vivir en el domicilio familiar y son los cónyuges los que alternan su estancia en dicho domicilio. En cualquiera de las opciones siempre prevalecerá la comodidad los derechos del menor, estando siempre cubiertas sus necesidades para una estancia cómoda y saludable.
La aparición pues de un tercer sujeto altera la ecuación y podría darse el caso, como ya se ha dado, que un juzgado ordene la extinción del derecho de uso de vivienda si apareciese un tercer actor, ya que se podría considerar que es una nueva familia uso de vivienda tras divorcio
Asesoramiento Legal en Divorcio
Nuestros abogados en Derecho de Familia son especialistas en Derecho Matrimonial y Familiar. En Are2 Abogados llevamos muchos años trabajando casos de Separaciones Matrimoniales, Divorcios y Testamentos. Llámenos y concierte una cita en nuestros Despacho de Madrid 91-5472525, 902-447722, 665508441, o a través del correo are2abogados.com
Recuerda que tu Primera Consulta es totalmente GRATIS