27 Jun
Conflictos colectivos y mobbing
¿En qué consisten los conflictos colectivos?
Entendemos por conflicto colectivo laboral a aquellas situaciones de controversia que tienen su base en relaciones de trabajo y que afectan a un grupo de trabajadores que tienen en común un interés colectivo en contra de su empresario.
Tipos de conflicto colectivos
Hay distintas clases de conflicto colectivo:
Conflictos individuales
Son los conflictos que se plantean entre un trabajador y su empresario en el que se ve afectado un interés de carácter individual en una determinada relación jurídica.
Conflicto plural
Resulta de la concurrencia de muchos conflictos individuales.
Este tipo de conflicto tiene un elemento subjetivo que le afecta de manera individualizada.
En el conflicto plural se produce una suma o yuxtaposición de intereses individuales que son colectivamente gestionados.
Conflictos jurídicos o de aplicación
Se entiende como la aplicación de una norma estatal o convencional preexistente.
Dicho mantenimiento no llega a cuestionarse por los sujetos colectivos.
Conflictos económicos, de intereses o de regulación
Se duda sobre la norma vigente, tratando de conseguir su modificación o sustitución.
Intentan aprobar una norma nueva para cubrir una situación de vacío normativo.
Requisitos básicos que debe presentar el conflicto colectivo
Existen una serie de requisitos básicos que ha de presentar todo conflicto colectivo, de los que cabe destacar lo siguiente:
Afectación de la colectividad de los trabajadores
Por ello no puede ser simplemente un conflicto plural. Se deberá saber con exactitud el grupo afectado de trabajadores que presentan dicho conflicto.
Colectividad homogénea
Debe existir un grupo que se defina como genérico frente a una norma estatal, convenio colectivo o práctica de empresa
Sentencia declarativa
La interposición del conflicto colectivo paraliza la tramitación de los conflictos individuales que versen sobre la misma materia.
Carácter jurídico
Que la discrepancia de las partes derive de su contrapuesta postura respecto de la significación o aplicación de normas preexistentes.
Al margen de las anteriores consideraciones respecto de los requisitos para poder plantear un conflicto colectivo, no podemos dejar de señalar que estamos ante el único procedimiento laboral que se puede plantear como única instancia presentable ante todos los tribunales de cualquier rango del orden jurisdiccional Social.
Negociación de convenios
Dentro del Derecho Laboral, cobra mucha importancia la negociación de convenios.
La negociación de convenios consiste en el procedimiento a través del cual los trabajadores u organizaciones sindicales y los empleados negocian colectivamente distintos aspectos relacionados con el trabajo por un tiempo determinado.
Es importante resaltar los aspectos de la negociación colectiva dentro de la estructura de la negociación:
Grado de centralización
Determinado por cuál sea el nivel de negociación y por el grado de simultaneidad de las negociaciones.
Ámbito de centralización
Cuando la negociación colectiva está muy centralizada o muy descentralizada el grado de moderación salarial es mayor.
Cobertura
Cuanto mayor es la cobertura de la negociación colectiva, mayor es la tasa de paro.
Cuando fracasa la negociación de empleadores múltiples y ésta queda reemplazada por la negociación de empleador único, la tasa de cobertura se reduce significativamente, a esto nos referimos cuando hablamos de cobertura.
Por tanto, se reduce el número de empresas que optan por reconocer a los sindicatos y negociar contratos colectivamente.
Materias que se discuten
El resultado fundamental de la negociación colectiva viene dado por los incrementos salariales pactados; no obstante también se negocian en ese mismo contexto otros aspectos relacionados con las condiciones laborales.
Momento de la negociación
La firma de los convenios colectivos no siempre se produce en el mismo momento, sino que puede darse en diferentes momentos del año.
Duración de los convenios
Es importante porque puede influir en el grado de inercia nominal de la economía.
La mayor duración de los convenios hace que, ante cambios en la demanda, los salarios corrientes no respondan, y que sea el paro el que se ajuste.
Mobbing
Según el artículo 173 del referido texto legal y de acuerdo con el mismo, cometen delito de acoso laboral quienes “en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima.”
Puede ser difícil identificar el mobbing allí donde se da, especialmente teniendo en cuenta que esta forma de acoso no siempre presenta las mismas características.
Entendemos por mobbing a la situación en la que una persona ejerce una violencia psicológica extrema, de forma sistemática y recurrente y durante un tiempo prolongado sobre otra persona .
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