abogados finiquito e indemnización

Indemnización y Finiquito

Significado y diferencias entre Indemnización y Finiquito

El finiquito y las indemnizaciones por despido pueden ser confusos de comprender y tienden a ser comparadas entre sí.

A continuación vamos a detallar el significado y las diferencias entre ellas:

Finiquito

El finiquito es una propuesta de liquidación de las cantidades adeudadas entre la empresa y el trabajador, y se realiza al finalizar la relación laboral entre ambos.

Normalmente el finiquito incluye las siguientes características:

  • El salario de los días trabajados durante ese mes.
  • Los días de vacaciones a los que se tiene derecho y no han sido disfrutados.
  • Las horas extra realizadas y no pagadas.
  • La parte proporcional de las pagas extra.
  • Pagas de beneficios que se hayan generado y no se hayan pagado anteriormente.

Calcular el finiquito es sencillo y se puede hacer calculando el sueldo del mes en curso y calculando las vacaciones que el trabajador tiene pendiente.

Indemnización

Entendemos por indemnizaciones aquellas que un trabajador tiene derecho a percibir en caso de despido.

A diferencia del finiquito la indemnización no se cobra siempre que se produce una extinción de contrato, sino solo en caso de que la extinción se haya realizado a instancias de la empresa, y no del empleado.

Tipos de indemnizaciones

Existen diferentes tipos de indemnizaciones cuando se produce un despido de cualquier trabajador.

Indemnización por fin del contrato temporal

Este tipo de indemnización se produce cuando un contrato laboral llega a su fin ya que termina el motivo por el que se contrató y corresponden de 8 a 12 días en función de la fecha en la que se haya formalizado el contrato.

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Despido disciplinario

Ocurre cuando un trabajador incumple de forma alguna de sus obligaciones ya sea en el desempeño de su trabajo como en su actitud personal en referencia al mismo.

En estos casos, la empresa, puede sancionar en grado máximo mediante el despido disciplinario.

Algunas de las causas por las que un trabajador puede ser despedido son las siguientes:

  • Faltas de asistencia o puntualidad al trabajo
  • Indisciplina o desobediencia en el trabajo
  • Transgresión de la buena fe contractual
  • Embriaguez o toxicomanía
  • Acoso discriminatorio
  • Ofensas verbales o físicas
  • Disminución del rendimiento

Este despido puede ser procedente, sin indemnización o improcedente.

El despido improcedente tiene la obligación de dar al trabajador una indemnización de 33 días con un máximo de 24 mensualidades o 45 para aquellos contratos suscritos antes del 12 de febrero de 2012, con un tope de 42 mensualidades.

Despido por causas objetivas

Se produce por causas relacionadas directamente con el propio trabajador o bien por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción que afecten directamente a la empresa.

Algunas de las causas de este tipo de despido son las siguientes:

  • Ineptitud del trabajador
  • Por falta de presupuesto en el caso de contratos con entidades sin ánimo de lucro
  • Inadaptación del trabajador a las modificaciones técnicas
  • Por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción
  • Faltas de asistencia al trabajo

La indemnización será de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

Despido colectivo (ERE):

Es un procedimiento administrativo por el que una empresa solicita suspender o despedir a varios trabajadores.

Los motivos por los que una empresa se ve en la obligación de despedir de forma masiva a varios trabajadores son los siguientes:

  • Económicos
  • Técnicos
  • Organizativos
  • Productivos

Se indemnizará al trabajar o con un mínimo de 20 días de salario por año con el máximo de 12 mensualidades.

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Maria Jesus Barreñada Abogada
María Jesús Barreñada
abogados@are2abogados.com

El letrado director y fundadora del despacho es María Jesús Barreñada Muñoz, letrado en ejercicio desde 1993 en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. ARE-2 Consulting Jurídico Empresarial, es un despacho de abogados fundado en el año 2002, especializado en derecho civil, derecho de familia, derecho laboral y seguridad social, derecho administrativo, derecho mercantil y derecho penal monetario.