jubilacion y pension

Jubilaciones y Pensiones

¿En qué consiste la Jubilación?

La Jubilación consiste en el fin de la actividad laboral por parte de un trabajador que por razón de edad o incapacidad ya no está en condiciones para seguir trabajando.

Hay algunos casos en los que una persona alcanza la edad para obtener la jubilación pero se encuentra perfectamente tanto física como psíquicamente para seguir trabajando.

Una vez que una persona obtiene la jubilación tendrá derecho a percibir un dinero mensual hasta su muerte a pesar de no estar ya trabajando.

Este dinero será recibido por parte del régimen de la seguridad social.

Tipos de Jubilación

Existen diferentes tipos de jubilación en España:

Jubilación ordinaria

Una persona finaliza su periodo de actividad laboral por razón de edad.

Dicha persona debe de haber cotizado un tiempo mínimo para poder percibir la pensión estipulada por la seguridad social

Jubilación parcial

A diferencia de la Jubilación ordinaria este tipo de Jubilación se inicia como mínimo una vez cumplidos los 60 años.

Se desarrolla de manera simultánea con un contrato de trabajo a tiempo parcial.

Jubilación anticipada

Un trabajador se jubila en un momento anterior a la edad legal estipulada.

Puede ser voluntaria o involuntaria, y en ambos casos requieren una serie de requisitos.

Jubilación demorada

Al contrario que la anticipada la Jubilación demorada permite que Los trabajadores puedan seguir trabajando una vez cumplida la edad de jubilación legal en cada momento.

Jubilación activa

Los trabajadores que acceden a esta jubilación pueden seguir trabajando después de jubilarse y compatibilizar su sueldo con el cobro del 50% de la pensión.

Prejubilación

No está reconocido en el ordenamiento jurídico por lo que no tiene unos requisitos formales, ni es igual para todos.

Consiste en la salida, generalmente pactada, de una empresa en los años previos a cumplir la edad de jubilación

Que es la pensión

¿Qué es la pensión?

¿Qué son las Pensiones?

La Constitución española dice en el artículo 50: “Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.”

El Estado paga a una persona un salario al mes cuando este se jubila, enviuda o queda incapacitada.

Este dinero se entrega periódicamente o de forma permanente dependiendo de la situación de cada persona.

Tipos de Pensiones

Pensiones de Vejez

Consiste en el derecho que tienen las personas a obtener una pensión con sus fondos ahorrados, una vez que hayan cumplido con los requisitos legales para tal efecto.

Para que se produzca, dichas personas tienen que reunir una serie de requisitos:

  • Cumplir la edad de jubilación
  • Jubilación anticipada

Pensión de Invalidez

Se realiza el pago mensual a una persona que ha sido calificada como inválida. La incapacidad puede ser de dos tipos:

  • Parcial: pérdida de capacidad de trabajo igual o superior a 50% e inferior a 2/3.
  • Total: pérdida de capacidad de trabajo de al menos 2/3.

Pensión de Sobrevivencia

Se trata de una prestación económica que le es reconocida a los beneficiarios de la persona que fallece, mediante la cual de forma mensual recibirá una renta.

Para poder percibir este tipo de pensión, el afiliado deberá haber cotizado por lo menos 50 semanas entre la fecha de su fallecimiento y tres años atrás contados desde ese momento.

 

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Maria Jesus Barreñada Abogada
María Jesús Barreñada
abogados@are2abogados.com

El letrado director y fundadora del despacho es María Jesús Barreñada Muñoz, letrado en ejercicio desde 1993 en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. ARE-2 Consulting Jurídico Empresarial, es un despacho de abogados fundado en el año 2002, especializado en derecho civil, derecho de familia, derecho laboral y seguridad social, derecho administrativo, derecho mercantil y derecho penal monetario.