Reclamación de cantidad

Reclamaciones de cantidad laboral

¿Qué es una Reclamaciones de cantidad laboral?

La Ley que regula el Estatuto de trabajadores en su Art. 29 dice que” La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El periodo de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes”.

Se trata de una demanda judicial formulada por parte del trabajador en la que exige a la empresa el pago de la cantidad económica que le adeude y que tenga su origen en la relación laboral y contractual que mantenga con ella.

Implica una protección frente al despido que pudiese acontecer como consecuencia de esta interposición.

Existe una normativa laboral que establece los mecanismos a llevar a cabo en caso de incumplimiento de salario.

Retrasos o incumplimientos menores

El trabajador tiene derecho a percibir, junto a los salarios adeudados, un interés por mora del 10% de lo adeudado.

Incumplimientos graves

El trabajador puede solicitar, junto a los salarios adeudados, la extinción del contrato de trabajo con derecho a una indemnización equivalente a la despido improcedente

Opciones de los trabajadores para realizar la reclamación

El proceso por el cual un trabajador puede efectuar una reclamación de cantidad a una empresa comprende varias fases.

Denuncia ante la Inspección de Trabajo

En esta primera fase, el trabajador puede presentar un escrito ante el Ministerio de Trabajo, relatando los incumplimientos empresariales, mensualidades adeudadas…

Si la Inspección comprueba la veracidad de la denuncia procederá a sancionar a la empresa, ya que los retrasos en el pago del salario, cuando son reiterados, son constitutivos de infracción muy grave en materia de relaciones laborales.

Reclamación de cantidades extrajudicial y judicial

Hay que diferenciar entre dos tipos de reclamaciones a tener en cuenta:

Reclamación extrajudicial

Para reclamar judicialmente cualquier cantidad será requisito previo la presentación de papeleta de conciliación extrajudicial ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación correspondiente a la ciudad en la que resida el empleado y en la que la empresa tenga su sede.

Reclamación judicial o proceso monitorio – ordinario

Su aplicación se limita a los siguientes supuestos:

  • Reclamaciones de cantidades exigibles, vencidas y de cuantía determinada que provengan de la relación laboral.
  • Las efectuadas por un trabajador frente a un empresario que no se encuentre en situación de concurso de acreedores.
  • Las realizadas por cantidades que no sean superiores a los 6000 euros en total.

 

Reclamaciones de cantidad laboral judicial

Reclamaciones de cantidad laboral

Reclamación de extinción contractual a instancia trabajador ante el impago salarios

El trabajador podrá solicitar la extinción de su relación laboral, alegando incumplimiento grave del empleado, con derecho a la indemnización por despido improcedente en los siguientes casos:

Conciliación con avenencia

En el supuesto en el que la mercantil reconozca el incumplimiento y se llegue a un acuerdo (abono de cantidades adeudadas al trabajador en el acto de conciliación, establecimiento de un calendario de pagos, …).

El acuerdo alcanzando podrá ejecutarse judicialmente de ser necesario.

Conciliación sin avenencia

La empresa no comparece al acto. El trabajador procederá a presentar una demanda ante el juzgado de lo social.

 

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Maria Jesus Barreñada Abogada
María Jesús Barreñada
abogados@are2abogados.com

El letrado director y fundadora del despacho es María Jesús Barreñada Muñoz, letrado en ejercicio desde 1993 en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. ARE-2 Consulting Jurídico Empresarial, es un despacho de abogados fundado en el año 2002, especializado en derecho civil, derecho de familia, derecho laboral y seguridad social, derecho administrativo, derecho mercantil y derecho penal monetario.